Piden que hospitales asuman responsabilidad por negligencias
Un lote de pañales y su inscripción en el Seguro Integral de Salud era todo lo que se le había ofrecido a Judith Rivera, la mujer infectada con el virus del sida en el hospital Daniel A. Carrión, antes del sábado. Recién ese día el Estado le prometió --por boca del propio presidente Alan García-- el pago de una reparación de S/.300.000 además del costo de su tratamiento.
Mientras ello ocurría, seguía en espera la discusión de un proyecto de ley que establece el derecho de los pacientes a recibir una reparación por daños, en caso de alguna negligencia, y plantea que sean los propios hospitales, y no su personal, los que asuman directamente la responsabilidad.
Se trata del proyecto de la ley de derechos y obligaciones de las personas usuarias de los servicios de salud : una norma que el Foro de la Sociedad Civil en Salud (Foro Salud) insiste en que debe ser aprobada cuanto antes.
En junio pasado, la Comisión de Salud del Congreso de la República aprobó un dictamen a favor de la propuesta, pero la legislatura terminó sin que este llegara a ser debatido por el pleno. Daniel Robles, actual presidente de la Comisión de Salud, señaló que, en vez de mandarlo al archivo, como podría haberse decidido, su grupo de trabajo volverá a analizar el proyecto. Según Robles, este tema aún no ha sido puesto en la agenda, pero se espera que la próxima semana se definan las fechas en las que será examinado.
La iniciativa legislativa, cuya primera versión fue elaborada por Foro Salud, plantea modificar la Ley 26842, Ley General de Salud. Para Mario Ríos, miembro del comité ejecutivo de dicho organismo, uno de sus principales aportes es asignar la responsabilidad por eventuales daños al establecimiento donde se produzca el problema.
"El contrato del usuario es con la institución, el médico es solo un trabajador", argumenta Ríos. Y añade que en los procedimientos clínicos a menudo intervienen varios profesionales, por lo que distinguir cuál fue el causante directo del error puede ser motivo de demoras excesivas.
Ríos precisa que la propuesta se refiere exclusivamente a la reparación de daños, entendida como la atención médica que resulte necesaria y una compensación por los gastos ocasionados al paciente, pero no indemnizaciones adicionales: si un afectado no se siente satisfecho con lo ofrecido, tendría que recurrir al Poder Judicial. "Con la responsabilidad institucional, los establecimientos se preocuparán de mejorar la calidad de su personal y de tener mejor infraestructura", dijo.
Pero nada de esto convence a Amador Vargas, decano del Colegio Médico del Perú. A él le preocupa que el proyecto pretenda que se pague compensaciones a las supuestas víctimas de negligencia antes de que se llegue a un veredicto en el Poder Judicial. "¿Qué pasa si después se determina que no hubo negligencia? ¿Quién le repone (el dinero) al establecimiento de salud?", se pregunta.
El proyecto de ley propone que se recurra a mecanismos alternativos de resolución de conflictos como la conciliación y el arbitraje, pero Vargas subraya que solo el Poder Judicial tiene la facultad de decidir cuándo procede una alguna clase de compensación. "Si se quiere agilizar la atención de los afectados, en todo caso que se cree fiscalías y juzgados especializados que resuelvan las causas en 30 o 40 días", sugiere.
DERECHOS
Mientras ello ocurría, seguía en espera la discusión de un proyecto de ley que establece el derecho de los pacientes a recibir una reparación por daños, en caso de alguna negligencia, y plantea que sean los propios hospitales, y no su personal, los que asuman directamente la responsabilidad.
Se trata del proyecto de la ley de derechos y obligaciones de las personas usuarias de los servicios de salud : una norma que el Foro de la Sociedad Civil en Salud (Foro Salud) insiste en que debe ser aprobada cuanto antes.
En junio pasado, la Comisión de Salud del Congreso de la República aprobó un dictamen a favor de la propuesta, pero la legislatura terminó sin que este llegara a ser debatido por el pleno. Daniel Robles, actual presidente de la Comisión de Salud, señaló que, en vez de mandarlo al archivo, como podría haberse decidido, su grupo de trabajo volverá a analizar el proyecto. Según Robles, este tema aún no ha sido puesto en la agenda, pero se espera que la próxima semana se definan las fechas en las que será examinado.
La iniciativa legislativa, cuya primera versión fue elaborada por Foro Salud, plantea modificar la Ley 26842, Ley General de Salud. Para Mario Ríos, miembro del comité ejecutivo de dicho organismo, uno de sus principales aportes es asignar la responsabilidad por eventuales daños al establecimiento donde se produzca el problema.
"El contrato del usuario es con la institución, el médico es solo un trabajador", argumenta Ríos. Y añade que en los procedimientos clínicos a menudo intervienen varios profesionales, por lo que distinguir cuál fue el causante directo del error puede ser motivo de demoras excesivas.
Ríos precisa que la propuesta se refiere exclusivamente a la reparación de daños, entendida como la atención médica que resulte necesaria y una compensación por los gastos ocasionados al paciente, pero no indemnizaciones adicionales: si un afectado no se siente satisfecho con lo ofrecido, tendría que recurrir al Poder Judicial. "Con la responsabilidad institucional, los establecimientos se preocuparán de mejorar la calidad de su personal y de tener mejor infraestructura", dijo.
Pero nada de esto convence a Amador Vargas, decano del Colegio Médico del Perú. A él le preocupa que el proyecto pretenda que se pague compensaciones a las supuestas víctimas de negligencia antes de que se llegue a un veredicto en el Poder Judicial. "¿Qué pasa si después se determina que no hubo negligencia? ¿Quién le repone (el dinero) al establecimiento de salud?", se pregunta.
El proyecto de ley propone que se recurra a mecanismos alternativos de resolución de conflictos como la conciliación y el arbitraje, pero Vargas subraya que solo el Poder Judicial tiene la facultad de decidir cuándo procede una alguna clase de compensación. "Si se quiere agilizar la atención de los afectados, en todo caso que se cree fiscalías y juzgados especializados que resuelvan las causas en 30 o 40 días", sugiere.
DERECHOS
La iniciativa legislativa no se limita al tema de la reparación de daños. Amplía el artículo 15 de la Ley General de Salud, el cual se refiere a los derechos de los pacientes. Así, por ejemplo, indica que el usuario de los servicios de salud tiene derecho a ser escuchado y a recibir una respuesta en caso de queja, a conocer el nombre del médico que lo está tratando y a solicitar la opinión de otro médico.
Intensa campaña de la Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo inició el mes pasado una campaña orientada a difundir los derechos de los usuarios de los servicios de salud; y como parte de ella ha instalado, desde ayer, módulos de atención en cinco hospitales de la ciudad.
Los hospitales elegidos son:
- Daniel A. Carrión, del Callao;
- Arzobispo Loayza, del Cercado;
- Hipólito Unanue, de El Agustino;
- Sergio Bernales, de Comas;
- Cayetano Heredia, de San Martín de Porres; y
- María Auxiliadora, en San Juan de Miraflores.
En los módulos, personal de la Defensoría del Pueblo recoge quejas y reclamos relacionados con la atención en el hospital, absuelve consultas y divulga los principales derechos de los que gozan los pacientes.
Dentro de la campaña, se le está dando prioridad al derecho de recibir información clara y precisa sobre la propia condición de salud; y sobre el contenido y los alcances de los documentos que se le pide firmar al paciente. También se pone énfasis en el derecho a acceder a la historia clínica y a los resultados de los exámenes médicos y a no ser maltratado por ningún médico, enfermera o técnico.
En principio, los módulos atenderán de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. durante un mes.
Dentro de la campaña, se le está dando prioridad al derecho de recibir información clara y precisa sobre la propia condición de salud; y sobre el contenido y los alcances de los documentos que se le pide firmar al paciente. También se pone énfasis en el derecho a acceder a la historia clínica y a los resultados de los exámenes médicos y a no ser maltratado por ningún médico, enfermera o técnico.
En principio, los módulos atenderán de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. durante un mes.
CLAVES
Fondo de riesgo profesional
El dictamen que dejó listo la Comisión de Salud en la legislatura anterior integraba dos proyectos de ley. Uno de ellos era el que promueve Foro Salud. La otra iniciativa sugería que el Colegio Médico constituyera un "fondo de riesgo del ejercicio profesional de la medicina", con los aportes de sus afiliados, para cubrir eventuales indemnizaciones. A la fecha, la legislación contempla una responsabilidad compartida entre el establecimiento de salud y el profesional. L a campaña sobre derechos en salud de la Defensoría del Pueblo se desarrolla también en Arequipa, Junín, Piura, Lambayeque y Madre de Dios.
Fuente:
Diario El Comercio - Lima - Perú
http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2007-09-19/imeclima0786812.html
Miércoles 19 de Setiembre del 2007
Fuente:
Diario El Comercio - Lima - Perú
http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2007-09-19/imeclima0786812.html
Miércoles 19 de Setiembre del 2007
Etiquetas: Hospital
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