sábado, 31 de mayo de 2025

Olvido oncológico al contratar una póliza de seguros

 Olvido oncológico al contratar una póliza de seguros

El día de hoy 31/05/2025 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 32357, “Ley del olvido oncológico en la contratación de servicios y seguros de salud”, con el objeto de garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación de la persona que superó una patología oncológica al momento de contratar servicios o seguros de salud.

La norma precisa que “el olvido oncológico” es la garantía de que los antecedentes de una enfermedad de cáncer no se considerarán al momento de contratar servicios o seguros de salud, para aquella persona que superó ese mal.

Esto significa que la preexistencia ha sido eliminada para el cáncer al contratar un seguro de salud. Sin embargo, se refiere a una persona que, habiendo padecido una patología oncológica, la ha superado. es decir, "antiguos pacientes oncológicos" 

Ref.: https://elperuano.pe/noticia/271501-atencion-nueva-ley-garantiza-contratacion-de-seguros-de-salud-para-antiguos-pacientes-oncologicos

¿Qué es una preexistencia?

Para informar mejor, diremos que las preexistencias en seguros de salud son las condiciones médicas que una persona tiene antes de contratar un seguro.

Por tanto, quien tiene diagnóstico de cáncer afronta ciertas dificultades para acceder a una póliza de seguros, justamente porque este diagnóstico es una condición patológica existente previamente.

¿Cuáles con las dificultades que pueden presentarse?

1.           Mayor prima:

Las preexistencias pueden resultar en mayores primas, ya que las aseguradoras consideran que las personas con condiciones preexistentes tienen un mayor riesgo de necesitar atención médica.

2.           Exclusiones de cobertura:

Algunas aseguradoras pueden excluir la cobertura de ciertos tratamientos o procedimientos relacionados con las preexistencias.

3.           Negación de la póliza:

En algunos casos, las aseguradoras pueden negarse a cubrir la póliza de personas con ciertas condiciones preexistentes.

4.           Periodo de carencia:

Algunas aseguradoras pueden imponer un periodo de carencia antes de cubrir las preexistencias, lo que significa que el asegurado no podrá utilizar la cobertura para esas condiciones hasta que haya transcurrido un tiempo determinado.

5.           Dificultad para encontrar cobertura:

Las personas con preexistencias pueden tener dificultades para encontrar un seguro de salud que cubra sus necesidades, especialmente si sus condiciones son graves o crónicas.

6.           Negligencia en la información:

Las personas que no informan sobre sus preexistencias pueden enfrentar sanciones financieras y legales si la aseguradora detecta la omisión.

31/05/2025




 

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